A partir de Agosto 2021 entro en vigencia la nueva reglamentacion que establece la obligatoriedad del Carnet de Manipulador de Alimentos para desarrollar las tareas de aquellas personas que:
“ realicen actividades por lo cual este o pudiera estar en contacto con alimentos, en establecimientos donde se elaboren, fraccionen, almacenen, transporten, comercialicen y/o enajenen alimentos, o sus materias primas,……” (Ej. elaboradores de alimentos, personal asignado a la compra de materias primas e ingredientes, fraccionadores, personal de limpieza, transportistas entre otros).
REQUISITO PARA OBTENER EL CARNET cursar y aprobar el Curso de Manipulación Segura de Alimentos, dictado por capacitadores OFICIALES reconocidos por la Autoridad Sanitaria Jurisdiccional.
Destino:
A partir de Agosto 2021 entro en vigencia la nueva reglamentacion que establece la obligatoriedad del Carnet de Manipulador de Alimentos para desarrollar las tareas de aquellas personas que:
“ realicen actividades por lo cual este o pudiera estar en contacto con alimentos, en establecimientos donde se elaboren, fraccionen, almacenen, transporten, comercialicen y/o enajenen alimentos, o sus materias primas,……” (Ej. elaboradores de alimentos, personal asignado a la compra de materias primas e ingredientes, fraccionadores, personal de limpieza, transportistas entre otros).